PROLONGA TU COMPROMISO SOLIDARIO
Incluir a L’Hospitalet amb el Sàhara en el testamento es contribuir a que en el futuro la asistencia a la población saharaui siga llegando a las capas más vulnerables de la sociedad saharaui.
Como organización no lucrativa declarada de utilidad pública, LHS puede recibir herencias y legados sin tener que pagar impuestos por ello.
Esta forma de colaboración puede traducirse en varias opciones:
· Dejar un legado, es decir, un bien determinado que puede ser una cantidad concreta de dinero, un porcentaje sobre el valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria o bienes muebles: obras de arte, antigüedades, joyas, etc.
· Designar a LHS como heredera universal o como coheredera si hay varios herederos. En el primer caso, todos los bienes pasarían a la organización. En el segundo, los bienes se repartirían según la proporción fijada en el testamento.
Nuestro equipo jurídico está a tu disposición para informarte y aclararte cualquier duda sin ningún compromiso por tu parte. Podemos explicarte por qué es recomendable hacer testamento, ponerte al corriente de los tipos de testamento que existen, los requisitos formales y la legislación vigente, así como darte cualquier información que precises.
Asimismo, en caso de testar a favor de LHS, podemos ofrecerte el asesoramiento preciso para que tu voluntad sea cumplida de forma efectiva.
Legar a LHS es un acto generoso que prolonga tu compromiso solidario.
CÓMO EMPLEAREMOS TU HERENCIA O LEGADO
Tus aportaciones se utilizarán para ayudar a quien más lo necesita. Te lo podemos garantizar porque en LHS controlamos directamente toda la cadena de asistencia, desde la recepción de los fondos hasta la distribución de la ayuda a los beneficiarios.
Además, nuestras cuentas anuales, que incluyen el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria correspondiente, son publicadas en la memoria anual que reciben todos los socios.
Actuamos siempre con total transparencia.
¿Cómo conoce LHS que una persona ha testado o legado a su favor?
El notario que haya autorizado el testamento está obligado, en el momento que llegue a su conocimiento el fallecimiento del testador, a notificar de su nombramiento a las entidades no lucrativas que aparezcan en el mismo.
De todas formas, te agradeceríamos que si decides incluir a LHS en tu testamento, nos lo comuniques antes.
En nombre de todas las personas que pueden beneficiarse con tu ayuda, muchas gracias.